Obligatoriedad de llevar puesta la pegatina de la DGT en Madrid
21 de noviembre de 2018

En cerca de seis meses, en Madrid se instaurará la obligatoriedad de llevar puesta la pegatina de la DGT y esto provocará que quien no la lleve sea multado.

Quienes circulen dentro Madrid sin llevarlas en un lugar visible (la DGT recomienda la esquina inferior derecha del parabrisas) se arriesgaran a recibir una multa.

Hasta el momento, las noticias que tenemos señalan que el Ayuntamiento de Madrid multara con 90 euros las infracciones leves (45 euros en caso de acogerse al pronto pago), por lo que ésta podría ser la cantidad con la que nos multaran si de aquí a seis meses no llevamos puesta la famosa pegatina en nuestro vehículo.

Si quieres hacerte con una de estas pegatinas y trafico no te la envió en su día, ahora es necesario pagar 5 euros para adquirirlas y tendrás que acudir a Correos.

A continuación, adjuntamos una breve explicación de cómo la DGT clasifica en cinco categorías a los vehículos y así esperamos ayudaros a descubrir cuál es la vuestra.

  • 0 (Cero) emisiones (distintivo azul): vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
  • ECO (distintivo mitad verde, mitad azul): vehículos híbridos enchufables con autonomía de menos de 40 km, híbridos no enchufables (HEV) y vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) y Gas Licuado del Petróleo (GLP).
  • C (distintivo Verde): Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Será también para los vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014.
  • B (distintivo Amarillo): Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.


Según estimaciones de la DGT, estas nuevas restricciones afectarán al 38% de los vehículos de la Comunidad de Madrid.

En principio estas restricciones solo nos afectaran durante episodios de alta contaminación o cuando queramos circular por el denominado “Madrid Central”.

Por Madrid Central sólo podrán circular coches o motos de no residentes si tienen etiqueta 0 o ECO, o se dirigen a un parking. Aun esta por determinar la fecha exacta de implantación de esta medida.

Esperamos que esta información os sea de ayuda.

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